Directiva 005 de 2026: qué cambia de verdad en la flexibilización curricular

Por Super Administrador ·

Directiva 005 de 2026: qué cambia en la flexibilización curricular Normativa · 24 de julio de 2026 Directiva 005: qué cambia de verdad en la flexibilización curricular

El Ministerio de Educación acaba de poner por escrito cómo debe entenderse la flexibilización curricular en todos los colegios del país. Te contamos los cinco cambios de fondo, qué le toca hacer a cada quien y si de verdad es obligatoria.

La frase que resume las nueve páginas: se mueve el currículo, no el estudiante.

Por PIAR+ · Educación Inclusiva · 7 minutos de lectura

El 24 de julio de 2026 el Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media expidió la Directiva 005. Son nueve páginas dirigidas a gobernadores, alcaldes, secretarios de educación, consejos directivos, directivos docentes, docentes, docentes orientadores, profesionales de apoyo a la inclusión y comunidades educativas. Es decir: a todo el mundo.

Como suele pasar con estos documentos, la mayoría de docentes se va a enterar por un mensaje reenviado que dice "nueva norma, hay que cumplir". Así que empecemos por lo importante, sin rodeos: la Directiva 005 no crea obligaciones nuevas ni establece sanciones. Lo que hace es ordenar, con nombre propio, lo que ya exigían el Decreto 1421 de 2017 y el Decreto 1290 de 2009.

Dicho eso, hay una línea adentro que sí le cambia el trabajo a los colegios. Vamos por partes.

1. La flexibilización dejó de ser "el tema de los estudiantes con discapacidad"

Este es el giro más grande y el que menos se ha comentado. La directiva dice que la flexibilización curricular es un proceso que debe ampliarse a todos los grados y a todos los estudiantes cuando aparecen circunstancias que pueden vulnerar su derecho a la educación.

Y después hace algo poco común en una norma colombiana: dice a quiénes se refiere, con nombre y apellido.

Pruébalo · Toca cada perfil¿A qué estudiantes cobija la flexibilización?

Fíjate en lo que esto significa en la práctica. Un estudiante migrante que llega a mitad de agosto. Una estudiante que queda en embarazo en décimo. Un niño que falta dos meses porque está en tratamiento. Una adolescente que cuida a su abuela y llega tarde todos los días. Ninguno de ellos tiene una discapacidad, y a todos les cambia el currículo.

3 de 10De los diez grupos de estudiantes que nombra la Directiva 005, solo tres se atienden con un plan individual de apoyos y ajustes razonables. A los otros siete se les responde con estrategias pedagógicas flexibles.

Cuidado con una confusión que va a costar caro

Que la flexibilización cobije a muchos estudiantes no significa que todos lleven PIAR. Esa distinción importa y conviene tenerla clara antes de la próxima jornada institucional:

Sí llevan PIAR

Estudiantes con discapacidad, con trastornos específicos del aprendizaje escolar o del comportamiento, y con capacidades o talentos excepcionales. Así lo define el Decreto 1421 de 2017.

No llevan PIAR

Estudiantes migrantes, en condición de enfermedad, gestantes, cuidadoras, víctimas del conflicto. A ellos se les responde con estrategias pedagógicas flexibles, no con un PIAR.

2. El PIAR ya no puede vivir en una carpeta

Si solo vas a leer un párrafo de este artículo, que sea este. La directiva dice que los establecimientos educativos deben garantizar la construcción, implementación y seguimiento del plan individual de apoyos y ajustes razonables:

…en tanto permee el modelo pedagógico, el sistema de evaluación institucional, la estrategia metodológica, la didáctica y sea contemplado en el Plan de Mejoramiento Institucional.— Directiva 005 de 2026, numeral 2.2.1 h)

Traducido al día a día del colegio: ya no basta con que los PIAR existan. Tienen que verse reflejados en el proyecto educativo institucional, en el sistema de evaluación y en el plan de mejoramiento.

Piénsalo como una pregunta incómoda que alguien te puede hacer en una visita de la secretaría: ¿dónde se ve el PIAR en su plan de mejoramiento institucional? Si la respuesta es "está en la carpeta de la orientadora", ahí hay un hueco que la Directiva 005 acaba de señalar con el dedo.

3. Ahora está escrito qué debe contener un PIAR

El numeral 2.2.2 f) hace la lista completa. Y la hace precedida de una frase que vale oro: el PIAR lo planea y lo realiza el equipo docente junto con la familia y junto con el estudiante. No sobre ellos.

1

Contexto del estudiante

Dentro y fuera del colegio: hogar, aula, espacios escolares y otros entornos sociales.

2

Valoración pedagógica

Gustos, capacidades, intereses, motivaciones, canales de comunicación. No solo el diagnóstico.

3

Informes de otros profesionales

De salud u otras áreas, cuando aporten a definir los ajustes.

4

Objetivos y metas de aprendizaje

Los que se pretenden reforzar durante el año lectivo.

5

Los ajustes

Curriculares, didácticos, evaluativos y metodológicos. Los cuatro, no solo los de evaluación.

6

Recursos necesarios

Físicos, tecnológicos y didácticos para el aprendizaje y la participación.

7

Proyectos específicos

Distintos a los ya programados en el aula, y que incluyan a todos los estudiantes.

8

Actividades en casa

Para dar continuidad a los procesos en los tiempos de receso escolar.

Vale la pena detenerse en el último punto, porque es nuevo para mucha gente: la directiva pide pensar también qué pasa en las vacaciones. No como tarea de castigo, sino como continuidad.

4. Planear desde el Diseño Universal para el Aprendizaje, no al revés

La directiva acoge explícitamente el Diseño Universal para el Aprendizaje y le pone estructura a la planeación. Según el numeral 2.2.2 c), la planeación pedagógica debe contemplar la priorización de aprendizajes, la estrategia metodológica, las estrategias didácticas, los criterios de evaluación y promoción, y las mediaciones pedagógicas.

Si quieres entender bien cómo se relacionan estas dos cosas, lo desarrollamos en PIAR y DUA: en qué se diferencian y cómo se complementan. La palabra clave es priorización. Priorizar aprendizajes no es recortar contenidos ni bajar el nivel: es decidir con criterio qué es lo esencial que ese estudiante necesita aprender este período, y sobre eso construir.

5. Evaluar el proceso, no solo el resultado

El numeral 2.2.2 g) pide una evaluación para los aprendizajes —no de los aprendizajes—, contextualizada, formativa, y que priorice el seguimiento a los procesos sobre los resultados, siempre en coherencia con el sistema institucional de evaluación.

Es la diferencia entre preguntarse "¿cuánto sacó?" y preguntarse "¿en qué avanzó desde marzo?". La segunda pregunta exige tener registro del punto de partida. Ahí es donde muchos colegios se dan cuenta de que no lo tienen. Sobre cómo evaluar sin bajar el nivel, escribimos Evaluar para incluir.

Y algo que casi nadie menciona: cuando el estudiante se traslada

La directiva le dedica un buen espacio a lo que llama movilidad humana. Cuando un estudiante se va, el colegio debe entregarle oportunamente los documentos de su proceso: informes de evaluación, registros de asistencia y valoración pedagógica. Y cuando llega uno nuevo, el colegio que lo recibe debe reconocer y validar lo que traiga, en vez de hacerlo empezar de cero.

Cualquiera que haya recibido un estudiante en septiembre, sin un solo papel y sin saber qué apoyos venía recibiendo, sabe por qué esto quedó escrito.

Entonces, ¿es obligatoria o no?

La directiva lo dice con sus propias palabras: tiene la intención de brindar orientaciones y se recomienda la implementación de las acciones descritas. No es un decreto, no crea sanciones nuevas.

Pero aquí está el matiz que importa: lo que la directiva ordena sí es obligatorio, solo que ya lo era. El PIAR es obligatorio desde el Decreto 1421 de 2017. La evaluación flexible viene del Decreto 1290 de 2009. La flexibilización curricular está en el Decreto 1075 de 2015.

Lo que hace la Directiva 005 es decirte cómo cumplir lo que ya te correspondía. Por eso te conviene leerla aunque no te obligue: es la hoja de ruta más clara que ha salido en años sobre un tema donde cada colegio venía improvisando por su cuenta.

Y por eso mismo, desconfía de quien te la venda con susto.

Qué hacer esta semana, según tu rol

No necesitas las nueve páginas para empezar. Necesitas saber cuál es tu parte.

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Para llevar a la jornada institucional

Checklist de la Directiva 005 — 10 preguntas

Diez preguntas para saber en diez minutos qué tan preparada está tu institución. Cada una con el numeral de la directiva, para que puedas verificarla tú mismo. Dos páginas, listo para imprimir.

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Cuando algo amenaza el derecho a aprender de un estudiante, lo que se mueve es el currículo. No el estudiante.

Para seguir leyendo

Si la Directiva 005 te dejó con ganas de aterrizarla, estos cuatro artículos son el siguiente paso natural.

La norma de fondoPor qué la educación inclusiva no es una moda: lo que el Decreto 1421 cambió para siempre en Colombia Manos a la obraCómo diligenciar el PIAR paso a paso en 2026: guía práctica para docentes Los dos conceptosPIAR y DUA: en qué se diferencian y cómo se complementan Un caso realEjemplo de PIAR diligenciado, explicado campo por campo

Dónde entra PIAR+

Buena parte de lo que pide la directiva es trabajo pedagógico que ningún programa hace por ti: conocer a tus estudiantes, decidir qué priorizar, sentarte con la familia. Eso te toca a ti, y está bien que así sea.

Lo que sí podemos quitarte de encima es la parte mecánica: que el PIAR quede con los ocho componentes que pide el numeral 2.2.2 f), que la planeación parta del Diseño Universal para el Aprendizaje, que el acta de acuerdo con la familia se genere y se firme, que quede el rastro del proceso para cuando toque mostrarlo, y que ese PIAR se conecte con las recomendaciones para el plan de mejoramiento institucional.

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Empezar gratis 30 días → Fuente: Directiva 005 del 24 de julio de 2026, Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media, Ministerio de Educación Nacional de Colombia. Las citas entre comillas son textuales del documento; los numerales están indicados para que puedas verificarlas.

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